CONCURSO DE ACREEDORES DE TEXIMAR S.L. EN LIQUIDACIÓN

ANUNCIO DEL AUTO 1 DE MARZO DE 2021 DEL JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (autos de concurso nº 428/2016), por el que se AUTORIZA la venta de la finca registral nº 44.384 del Registro de la Propiedad de El Rosario (CRU38011000736595), por el precio mínimo de 276.326,53€.

El adquirente asumirá, la totalidad de posibles gastos registrales y notariales, la plusvalía municipal (IIVTNU) en caso de su devengo, así como el IBI del ejercicio 2021 de forma proporcional. El citado inmueble se encuentra arrendado.

La presente autorización está expresamente condicionada a que en el periodo ulterior de licitación, tras la publicación de la venta, no se oferte un precio superior al ofrecido, en cuyo caso se adjudicará al postor que ofrezca el precio más alto.

A tal fin, se transcriben las instrucciones otorogadas por el citado Juzgado:

 “(…) cualquier interesado podrá presentar oferta precio superior al aquí autorizado. Al presentar la oferta el oferente deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado el 5 % de la cantidad ofrecida, o mediante aval bancario a primer requerimiento; teniéndose por no presentada la oferta si no se cumplimentara tal requisito. La consignación se deberá realizar en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado BANCO SANTANDER nº 2273/0000/52/428/2016.

  1. Las condiciones fijadas en este Auto son invariables y los interesados las aceptan por el solo hecho de participar, pudiendo exclusivamente mejorar el precio de la venta, no alterar el resto de pronunciamientos.
  2. Para poder participar en la subasta que en su caso se celebre, será necesario que los interesados cumplan lo preceptuado en el artículo 647 de la Ley de Enjuiciamiento civil.
  3. Además, deberán cuantificar el precio ofrecido, concretando las modalidades de pago y garantías aportadas.
  4. Si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor, superando el crédito total SE ACUERDA EXPRESAMENTE ABRIR licitación entre todos los oferentes. La venta se adjudicará definitivamente al mejor postor.

Una vez se concluya el periodo de licitación y se verifique la transmisión, se acordará el levantamiento de las cargas hipotecarias que pesan sobre el citado bien referente a crédito con privilegio especial y la anotación de concurso. Los gastos de la cancelación serán a cargo del adquirente.”

 Interesados solicitar más información en dataroom@intergase.es

Documentos adjuntos: